Hoy en el blog de nuestro despacho de abogados en Ourense queremos pararnos a hablar sobre un tema que tiene sus complejidades como son las reclamaciones patrimoniales a la administración pública. En este artículo explicaremos en qué consiste este concepto, qué requisitos se deben cumplir para poder reclamar y qué plazos hay que tener en cuenta. Además, explicaremos cómo podemos ayudar desde López González Abogados gracias a nuestra amplia experiencia en áreas de actuación que engloban a este tipo de casos.
¿Qué son las reclamaciones patrimoniales a la administración pública?
Las reclamaciones patrimoniales a la administración pública son un mecanismo que tienen los ciudadanos para solicitar una indemnización por los daños y perjuicios que hayan sufrido como consecuencia del funcionamiento normal o anormal de los servicios públicos. Por ejemplo, si se cae por culpa de un bache en la calle, si se contagia de una enfermedad por una negligencia sanitaria o si le deniegan una prestación social sin motivo justificado, puede reclamar a la administración responsable.
¿Qué requisitos se deben cumplir para poder reclamar?
Para poder reclamar la responsabilidad patrimonial de la administración pública, se deben cumplir los siguientes requisitos:
- Que exista un daño real, efectivo, evaluable económicamente e individualizado, es decir, que afecte a una persona o grupo de personas concretas.
- Que el daño sea antijurídico, es decir, que no haya una causa legal que lo justifique o que no haya un deber jurídico de soportarlo por parte del perjudicado.
- Que el daño sea imputable a una administración pública determinada, es decir, que se pueda demostrar que el daño ha sido causado por una acción u omisión de la administración o de sus agentes.
- Que exista un nexo causal directo y exclusivo entre el funcionamiento de la administración y el daño producido, es decir, que no haya otras causas que hayan podido intervenir o influir en el resultado.
¿Qué plazos hay que tener en cuenta?
El plazo para presentar la reclamación patrimonial es de un año desde que se produjo el hecho o acto que motive la indemnización o desde la manifestación de su efecto lesivo. La reclamación se debe presentar ante el órgano administrativo competente para resolverla, que puede ser el titular del departamento, el ministro de presidencia o el consejo de ministros, según el caso. El plazo para resolver la reclamación es de seis meses, transcurrido el cual se puede entender desestimada por silencio administrativo. Si la reclamación es desestimada o no se resuelve en plazo, se puede interponer un recurso administrativo o judicial contra la decisión.
¿Cómo podemos ayudarle desde López González Abogados?
Desde López González Abogados somos expertos en reclamaciones patrimoniales a la administración pública con formación en campos como el derecho civil y el derecho penal. Le ofrecemos un asesoramiento personalizado y una defensa eficaz de sus intereses. Nos encargamos de estudiar su caso, valorar las posibilidades de éxito, elaborar la reclamación y los recursos pertinentes y representarle ante la administración y los tribunales.