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La Ciberdelincuencia: medios de lucha contra este fenómeno

Publicado: 02 de septiembre de 2024, 10:35
  1. DERECHO PENAL
La Ciberdelincuencia: medios de lucha contra este fenómeno

Actualmente, y desde hace unos años en progresivo y considerable incremento estadístico, los delitos cometidos utilizando o sirviéndose de las llamadas Tecnologías de la Información y la Comunicación, también conocidos como “ciberdelitos”, se encuentran al orden del día, hasta el punto de que, según datos facilitados por el Observatorio Español de Delitos Informáticos, en el año 2022 (último sobre el que, hasta el momento, se han publicado estadísticas en dicho medio) se habrían cometido en España  un total de 374.737 ciberdelitos, lo que supone un 72% más que los registrados en el año 2019.

¿Pero, qué son las Tecnologías de la información y la Comunicación?

Estas tecnologías, llamadas TIC (por sus siglas), vienen a ser una conjunción de medios informáticos y de comunicación que comprenden sistemas informáticos, redes sociales, ordenadores, foros virtuales, etc., siendo uno de los elementos que mejor definen la llamada “Era Digital” en la que nos movemos. Para hacernos una idea, entrarían en el concepto de TIC todas aquellas infraestructuras y herramientas que permiten la conexión entre personas así como la recogida y el análisis de información (equipos informáticos, hardware, programas de software, redes, plataformas de almacenamiento, etc.). 

¿Y en qué consiste la ciberdelincuencia?

Entre los tipos delictivos más comunes dentro de la ciberdelincuencia nos encontramos con los delitos de estafa cometidos a través de internet engañando a un usuario (por ejemplo, ofertando engañosamente un producto en una página web de compra y venta de artículos de segunda mano entre particulares), o también los llamados delitos de fraude informático, que se diferencian de los anteriores en que no se produce un engaño sobre una persona sino una intromisión ilegítima en un sistema de la información o una manipulación informática a través de la cual se consigue la transferencia, por ejemplo, de un importe dinerario (entrando ilícitamente en una aplicación de banca “on line”, utilizando de forma fraudulenta una tarjeta de crédito, etc.).

También son característicos los delitos de descubrimiento y revelación de secretos (por ejemplo, apoderarse o utilizar, sin autorización, datos reservados de carácter personal ajenos, o el llamado “sexting”, que consiste en difundir o revelar, también sin autorización de la persona afectada, imágenes o grabaciones audiovisuales de aquélla que se hubieran obtenido con su anuencia en un domicilio o en cualquier otro lugar fuera del alcance de la mirada de terceros y que menoscaben su intimidad personal), los delitos contra el honor (injurias y calumnias) y los delitos contra la libertad sexual (como, por ejemplo, el “childgrooming”, consistente en contactar con un menor de dieciséis años a través de medios tecnológicos para acercarse a él con el fin de atentar contra su libertad o indemnidad sexuales).

¿Cómo se combate este tipo de delincuencia?

Para luchar contra el fenómeno de la cibercriminalidad se vienen poniendo en marcha, desde hace años, diversas medidas de tipo legislativo, algunas de las cuales transcienden el ámbito meramente nacional de cada estado, siendo una de las más significativas el Convenio sobre Cibercriminalidad o Convenio de Budapest, ratificado por España el 3 de junio de 2010 (con entrada en vigor a 1 de octubre de ese mismo año), tratándose del primer tratado internacional cuyo objetivo es hacer frente a los delitos que se cometen a través de las Tecnologías de la Información y la Comunicación.

La incorporación del Convenio de Budapest al ordenamiento jurídico interno español ha supuesto el acometer importantes reformas en nuestra legislación, que no vamos aquí a desgranar, pero que, grosso modo, podríamos sintetizar en:

  • La incorporación al Código Penal de una serie de figuras delictivas que pretenden castigar comportamientos específicos de ciberdelincuencia (medidas de derecho sustantivo), como es el caso de los delitos relativos a la prostitución y corrupción de menores, al descubrimiento y revelación de secretos, los daños informáticos, las estafas, los delitos relativos a la propiedad intelectual e industrial, etc.;
  • La implementación, en la Ley de Enjuiciamiento Criminal (es decir, aquélla que regula la tramitación de los procedimientos judiciales en los que se persiguen y sancionan hechos delictivos), de toda una batería de técnicas de investigación tecnológica en el ámbito de los derechos a la intimidad, al secreto de las comunicaciones y a la protección de datos personales (medidas de carácter procesal contenidas en los arts. 588 bis y ss. LECrim); y 
  • En el diseño de herramientas en materia de cooperación público-privada e internacional en la lucha contra la ciberdelincuencia.

¿Qué puedo hacer si he sufrido ciberdelincuencia?

Si Vd. ha sido víctima de alguna de estas modalidades delictivas integrantes de la llamada ciberdelincuencia (por ejemplo, si le han defraudada dinero utilizando las claves de su tarjeta o si se han publicado en redes sociales fotografías o información que atenten contra su intimidad o su honor), debe tener en cuenta que resulta primordial reaccionar con la mayor celeridad posible, denunciando el hecho ante las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y, de cara al previsible inicio de un procedimiento judicial y a verificar los pasos legales necesarios según cada caso, contar con asesoramiento jurídico especializado en este tipo de criminalidad (que, como se puede vislumbrar, abarca facetas de muy diversa índole y puede generar infracciones penales de relativamente escasa gravedad y también otras de muy considerable entidad y gravemente perjudiciales).

En López González Abogados contamos con personal que ha recibido formación específica en el área de la ciberdelincuencia y de la prueba electrónica, lo que nos permite ofrecer a nuestros clientes un asesoramiento legal especializado y una orientación jurídica individualizada tendentes a obtener un óptimo resultado a la hora de activar los procedimientos que permiten tutelar y proteger sus legítimos intereses: estaremos siempre a su disposición para brindarle la ayuda que necesite.

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